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Cómo se declaran las indemnizaciones por siniestros: requisitos y pasos

Virginia Baigorri Rived Actualizado en septiembre de 2026 9 min de lectura

Después de un accidente de tráfico, lo que hagas en los primeros días influye mucho en cómo se tramita después la indemnización. Aquí «declarar el siniestro» significa comunicárselo a la aseguradora, no a Hacienda. Te explico en qué plazo hay que hacerlo, cómo rellenar la declaración amistosa, qué documentos reunir y qué tiene que hacer la aseguradora a partir de ese momento.

En resumen

  • Tienes que comunicar el siniestro a tu aseguradora en un máximo de 7 días desde que lo conoces, salvo que tu póliza te dé más plazo (artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro).
  • La declaración amistosa de accidente, firmada por los dos conductores, agiliza mucho la reparación de los daños del vehículo.
  • Si hay lesiones, reclama a la aseguradora del responsable. Desde que recibe tu reclamación, tiene 3 meses para enviarte una oferta motivada o una respuesta motivada.
  • La acción para reclamar a la aseguradora prescribe en un año, pero la reclamación interrumpe ese plazo.
Dos coches implicados en un accidente de tráfico en la ciudad
Foto: Anthony Maw en Unsplash

Plazo para declarar el siniestro a la aseguradora

El artículo 16 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, obliga al tomador, al asegurado o al beneficiario a comunicar el siniestro a su aseguradora dentro de un plazo máximo de siete días desde que lo conoce, salvo que la póliza establezca un plazo más amplio.

¿Qué pasa si te retrasas? La ley no te hace perder la cobertura por eso. Lo que permite es que la aseguradora te reclame los daños y perjuicios que le haya causado el retraso, y esa consecuencia no se produce si prueba que conoció el siniestro por otra vía. Además, debes darle toda la información sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. Si incumples ese deber, solo pierdes el derecho a la indemnización si ha habido dolo o culpa grave.

Aun así, no esperes: cuanto antes lo comuniques, antes se pone en marcha la tramitación y menos discusiones habrá después.

Cómo declarar un siniestro de tráfico paso a paso

  1. Protege la zona y atiende a los heridos. Si hay heridos o fallecidos, llama al 112. La autoridad de tráfico que acuda redactará el atestado.
  2. Rellena la declaración amistosa con el otro conductor, si es posible y estáis de acuerdo en cómo ocurrió el accidente.
  3. Recoge pruebas: fotos de los vehículos, de su posición y de la vía, matrículas, datos de testigos y, si hay cámaras cerca, anota dónde están.
  4. Acude al médico si tienes cualquier molestia, aunque parezca leve, y conserva el informe de urgencias.
  5. Comunica el siniestro a tu aseguradora por los canales que indique tu póliza (teléfono, aplicación, web o mediador) y guarda el número de expediente.

La declaración amistosa de accidente

La declaración amistosa de accidente (el «parte amistoso») es el formulario que rellenan juntos los conductores implicados. Recoge los datos de los vehículos, los conductores y las aseguradoras, un croquis y las circunstancias del choque, marcadas en unas casillas. Cada conductor se queda una copia y la entrega a su aseguradora.

Algunos consejos prácticos:

  • Comprueba que las casillas marcadas y el croquis reflejan lo que pasó. Lo que firmas es la base con la que las aseguradoras reparten la responsabilidad.
  • No firmes si no estás de acuerdo con la versión del otro conductor. En ese caso, cada uno comunica el siniestro por su cuenta y, si es necesario, se pide la presencia de la policía.
  • Si has sufrido lesiones, indícalo en el parte y no lo minimices.

Si hay heridos

Cuando hay lesiones, además del parte, son muy importantes el atestado y la documentación médica desde el primer día. Para los traumatismos menores de columna, como el típico latigazo cervical, el baremo (artículo 135 del Real Decreto Legislativo 8/2004) da especial relevancia a que los síntomas o la atención médica se produzcan dentro de las 72 horas posteriores al accidente. Por eso te recomiendo no retrasar la visita al médico. Sobre las indemnizaciones por lesiones, tienes más información en indemnización por lesiones temporales.

Documentación que debes reunir

  • Declaración amistosa de accidente o, si no la hay, tu relato de los hechos por escrito.
  • Datos del otro vehículo: matrícula, conductor y aseguradora.
  • Atestado o diligencias policiales, si las hubo.
  • Fotografías y datos de testigos.
  • Informes médicos: urgencias, pruebas, partes de baja y alta, rehabilitación.
  • Facturas de gastos derivados del accidente: grúa, desplazamientos, farmacia, tratamientos.
  • Presupuesto o peritación de la reparación del vehículo.

Qué pasa después de declarar el siniestro

Daños del vehículo: los convenios entre aseguradoras

Para agilizar la reparación de los daños materiales, las aseguradoras que operan en España tienen convenios de indemnización directa, conocidos como CIDE y ASCIDE. Con el CIDE, en una colisión directa entre dos vehículos con la declaración amistosa firmada por ambos conductores, tu propia aseguradora te paga los daños de tu vehículo y después ajusta cuentas con la del otro conductor. El ASCIDE y otros sistemas cubren supuestos que quedan fuera del CIDE.

Estos convenios son acuerdos entre las compañías para repartirse la gestión. No sustituyen lo que dice la ley sobre tu derecho a ser indemnizado. Si el vehículo no se puede reparar o la valoración te parece baja, te puede interesar cómo negociar un siniestro total.

Lesiones: reclamación, oferta motivada y respuesta motivada

Si has sufrido lesiones, el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004 establece el procedimiento. Antes de acudir a los tribunales, tienes que dirigir una reclamación a la aseguradora del vehículo responsable. En ella debes incluir tus datos, tu declaración sobre cómo ocurrió el accidente, la identificación del vehículo y del conductor si la conoces, y la información médica o pericial de que dispongas.

Desde que recibe la reclamación, la aseguradora tiene tres meses para enviarte una de estas dos cosas:

  • Una oferta motivada, que debe desglosar los daños personales y materiales, valorar los personales conforme al baremo y aportar los informes en los que se basa. Aceptar el pago no te impide reclamar más si consideras que la indemnización es insuficiente.
  • Una respuesta motivada, si no puede hacer oferta: por ejemplo, porque no está clara la responsabilidad o porque todavía no se pueden cuantificar los daños al no haberte estabilizado. En ese caso, la ley prevé que informe de pagos a cuenta y que te haga una oferta cuando los daños estén determinados.

Si no estás de acuerdo con la oferta, la ley prevé la posibilidad de pedir un informe pericial complementario al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Una vez entregado ese informe, la aseguradora debe presentar una nueva oferta motivada en el plazo de un mes. Si la aseguradora no cumple el plazo de tres meses, pueden devengarse intereses de demora conforme al artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

Desde abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige, con carácter general, intentar una negociación previa antes de demandar en la vía civil. En los accidentes de tráfico, se viene entendiendo que la reclamación y la oferta o respuesta motivada del artículo 7 cumplen esa función.

Mujer llamando por teléfono a su aseguradora para comunicar el siniestro
Foto: Timur Repin en Unsplash

Plazo para reclamar la indemnización: un año

La acción directa contra la aseguradora para reclamar la indemnización prescribe en un año (artículo 7.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004). La reclamación a la aseguradora interrumpe ese plazo desde el momento en que se le presenta.

Con lesiones que tardan en curar, calcular cuándo empieza y cuándo se interrumpe el plazo tiene matices. No lo dejes para el final: presenta la reclamación por escrito, de forma que quede constancia de la fecha de recepción.

Casos especiales: vehículo sin seguro o desconocido

Si el responsable huyó y no se le identifica, o el vehículo no tenía seguro obligatorio, la reclamación se dirige al Consorcio de Compensación de Seguros, dentro de los límites del seguro obligatorio (artículo 11 del Real Decreto Legislativo 8/2004). Cuando el vehículo es desconocido, la cobertura de los daños materiales está muy limitada.

Y si lo que te preocupa es si tendrás que pagar impuestos por lo que cobres, lo explico en ¿Las indemnizaciones por accidente de tráfico tributan en Hacienda? Para una visión general del proceso, tienes también la página sobre accidentes de coche.

Preguntas frecuentes sobre cómo declarar un siniestro

¿Cuántos días tengo para dar el parte al seguro?

La Ley de Contrato de Seguro fija un plazo máximo de siete días desde que conoces el siniestro, salvo que tu póliza te conceda más. Si te retrasas, no pierdes automáticamente la cobertura, pero la aseguradora puede reclamarte los perjuicios que le cause el retraso, salvo que ya lo supiera por otro medio. Lo más prudente es comunicarlo cuanto antes.

¿Es obligatorio rellenar el parte amistoso?

No es obligatorio, pero es muy recomendable cuando los conductores están de acuerdo en cómo ocurrió el accidente. Agiliza la reparación de los daños del vehículo, porque permite aplicar los convenios entre aseguradoras. Si no hay acuerdo, no lo firmes: comunica el siniestro a tu aseguradora con tu versión y, si hace falta, pide que acuda la policía.

¿Cuánto tarda la aseguradora en responder a mi reclamación por lesiones?

La aseguradora del responsable tiene tres meses desde que recibe tu reclamación para presentar una oferta motivada de indemnización o, si no puede cuantificarla, una respuesta motivada explicando el motivo. Si no cumple el plazo, pueden devengarse intereses de demora. Si no estás de acuerdo con la oferta, puedes pedir un informe complementario al Instituto de Medicina Legal.

¿Cuál es el plazo para reclamar la indemnización de un accidente de tráfico?

La acción directa contra la aseguradora prescribe en un año, según el artículo 7 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. La reclamación a la aseguradora interrumpe ese plazo. Como el cómputo tiene matices cuando las lesiones tardan en curar, conviene no apurar y reclamar por escrito.

¿Qué hago si el otro vehículo no tenía seguro o se dio a la fuga?

En esos casos, la indemnización se reclama al Consorcio de Compensación de Seguros, que responde dentro de los límites del seguro obligatorio. Si el vehículo es desconocido, la cobertura de los daños materiales está muy limitada. Es fundamental denunciar los hechos y conservar el atestado y los informes médicos desde el primer momento.

Fuentes y normativa

Virginia Baigorri Rived
Virginia Baigorri Rived

Abogada especialista en accidentes de tráfico y responsabilidad civil en Zaragoza. Colegiada en el REICAZ (nº 4127) y en ejercicio desde 1999. Conoce más sobre mí.

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