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Indemnización por muerte de un hijo en accidente de tráfico: cuantías 2026

Virginia Baigorri Rived Actualizado en septiembre de 2026 5 min de lectura

No hay nada que compense la pérdida de un hijo. Escribo este artículo sabiendo que quien lo lee probablemente está atravesando el peor momento de su vida, y con un único objetivo: que tengáis información clara para que nadie decida por vosotros, con prisas, algo que os corresponde por ley. Te explico qué indemnización reconoce el baremo de tráfico a los padres por la muerte de un hijo, con las cuantías oficiales de 2026, y quién más de la familia tiene derecho.

En resumen

  • Cada progenitor tiene derecho a su propia indemnización: 91.483,83 € si el hijo tenía hasta 30 años y 52.276,47 € si era mayor (cuantías de 2026).
  • Si el hijo tenía más de 30 años y convivía con sus padres, cada uno recibe 39.207,35 € más.
  • Si era hijo único, la indemnización de cada progenitor aumenta un 25 %.
  • Los hermanos del fallecido y, en ciertos casos, los abuelos y otros allegados, tienen su propia indemnización.
  • Se pagan aparte los gastos del funeral y un importe fijo por gastos a cada familiar.
Vela encendida en recuerdo de un hijo fallecido
Foto: David Tomaseti en Unsplash

La indemnización de cada progenitor (cuantías 2026)

El baremo de tráfico reconoce a cada padre y a cada madre una cantidad fija por el perjuicio personal básico, que compensa el dolor por la pérdida sin necesidad de demostrarlo. Depende de la edad del hijo fallecido:

Edad del hijo fallecidoA cada progenitor (2026)
Hasta 30 años91.483,83 €
Más de 30 años52.276,47 €
Más de 30 años, si convivía con sus padres52.276,47 € + 39.207,35 € = 91.483,82 €

Los abuelos solo son perjudicados si había fallecido antes el progenitor de su rama familiar. En ese caso, a cada abuelo le corresponden 26.138,24 €.

Los incrementos que se suman

Sobre esa cantidad básica, el baremo prevé incrementos por circunstancias concretas, que se suman entre sí:

  • Fallecimiento del hijo único: 25 % más para cada progenitor.
  • Perjudicado único de su categoría: 25 % más, por ejemplo cuando solo vive uno de los padres.
  • Discapacidad del progenitor de al menos el 33 %: entre un 25 % y un 75 % más.
  • Varios fallecidos en el mismo accidente: en los accidentes ocurridos desde el 26 de julio de 2025, un 25 % más por cada familiar fallecido.
  • Perjuicio excepcional: hasta un 25 % más en situaciones singulares que la ley no prevé expresamente.

Un ejemplo con las cifras de 2026

Laura tenía 24 años, era hija única y vivía con sus padres en Zaragoza. Muere en un accidente causado por otro conductor.

  • Perjuicio personal básico de cada progenitor: 91.483,83 €.
  • Incremento por hijo único (25 %): 22.870,96 €.
  • Gastos sin necesidad de justificar: 522,76 €.

Total para cada progenitor: 114.877,55 €, es decir, 229.755,10 € entre los dos, además de los gastos de traslado, entierro y funeral, que se pagan según su importe. Es un ejemplo orientativo: cada caso tiene sus circunstancias, y puede haber otros perjuicios que sumar.

Los hermanos también tienen derecho

Las categorías de perjudicados son independientes: que los padres reciban su indemnización no impide que la reciban los hermanos del fallecido. A cada hermano le corresponden 26.138,24 € si tiene hasta 30 años y 19.603,68 € si es mayor, con un incremento de 6.534,56 € si es mayor de 30 y convivía con la víctima.

Ramo de flores en homenaje a un ser querido
Foto: Rebecca Matthews en Unsplash

Gastos, tratamiento psicológico y lucro cesante

  • Gastos del fallecimiento: cada familiar perjudicado recibe 522,76 € sin necesidad de justificarlos, y los gastos de traslado, entierro y funeral se pagan aparte según su importe.
  • Tratamiento psicológico: en los accidentes desde el 26 de julio de 2025, los familiares pueden reclamar los gastos de tratamiento médico y psicológico durante un máximo de doce meses.
  • Lucro cesante: los padres solo lo cobran si acreditan que dependían económicamente de los ingresos del hijo.

Si el hijo contribuyó al accidente, por ejemplo por no llevar el cinturón, la indemnización puede reducirse con un máximo del 75 %. En la página de indemnización por muerte en accidente de tráfico explico cómo acompaño a las familias en Zaragoza, y en el artículo sobre el plazo para reclamar, cuánto tiempo tenéis.

Preguntas frecuentes sobre la indemnización por muerte de un hijo

¿Cuánto cobran los padres por la muerte de un hijo en un accidente de tráfico?

En 2026, cada progenitor recibe 91.483,83 € si el hijo tenía hasta 30 años, o 52.276,47 € si era mayor, cantidad que sube a 91.483,82 € si convivía con ellos. Si era hijo único, se añade un 25 %. A eso se suman los gastos del funeral y otros incrementos según el caso.

¿Cobran lo mismo el padre y la madre?

Sí. Cada progenitor tiene derecho a su propia indemnización, por la misma cuantía, salvo que concurra en uno de ellos alguna circunstancia que dé lugar a un incremento, como una discapacidad.

¿Y si los padres están separados o divorciados?

Siguen teniendo derecho cada uno a su indemnización como ascendientes. La separación afecta a la condición de cónyuge viudo, no a la relación de padre o madre con el hijo.

¿Qué pasa si la víctima estaba embarazada y se pierde el bebé?

Si el accidente causa la pérdida del feto, la ley prevé una indemnización específica: 19.603,68 € en las primeras 12 semanas de gestación, 39.207,35 € entre las 12 y las 32 semanas y 61.045,86 € a partir de las 32 semanas (cuantías de 2026).

Fuentes y normativa

Virginia Baigorri Rived
Virginia Baigorri Rived

Abogada especialista en accidentes de tráfico y responsabilidad civil en Zaragoza. Colegiada en el REICAZ (nº 4127) y en ejercicio desde 1999. Conoce más sobre mí.

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