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Plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico: cuándo empieza y cómo no perderlo

Virginia Baigorri Rived Actualizado en septiembre de 2026 5 min de lectura

Después de un accidente de tráfico, lo último en lo que piensas es en plazos. Estás de baja, vas a rehabilitación y la aseguradora dice que ya te llamará. Pero el tiempo corre, y si se pasa el plazo pierdes el derecho a reclamar judicialmente, por muy claro que fuera tu caso. Te explico cuál es el plazo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico, desde cuándo se cuenta y cómo evitar que se te pase.

En resumen

  • La acción contra la aseguradora del responsable prescribe en un año.
  • En lesiones, ese año se cuenta normalmente desde el alta o la estabilización de las secuelas, no desde el día del accidente.
  • La reclamación a la aseguradora interrumpe el plazo, y cuando te notifican la oferta o la respuesta motivada empieza un nuevo año.
  • Si hay un procedimiento penal, el plazo civil no empieza a correr hasta que termina.
  • Frente a tu propia aseguradora, a la administración o a la empresa, los plazos son distintos.
Calendario con fechas marcadas para no perder el plazo de reclamación
Foto: Towfiqu barbhuiya en Unsplash

El plazo general: un año

La acción directa del perjudicado contra la aseguradora del vehículo responsable prescribe por el transcurso de un año (art. 7.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor). Es el mismo plazo de un año que el Código Civil fija para la responsabilidad extracontractual (art. 1968.2), y se aplica tanto a las lesiones como a los daños del vehículo.

Desde cuándo empieza a contar

Para los daños materiales, el plazo cuenta desde el accidente. Para las lesiones, los tribunales entienden que no puede empezar a correr hasta que conoces el alcance real del daño: normalmente, desde el alta médica definitiva o desde que tus secuelas quedan estabilizadas. No tendría sentido exigirte que reclames algo que todavía no se puede valorar.

Si después se tramita una incapacidad permanente relacionada con el accidente, el cómputo puede tener particularidades. Conviene revisarlo caso por caso.

Cómo se interrumpe el plazo

Antes de demandar hay que presentar una reclamación extrajudicial a la aseguradora, y esa reclamación interrumpe el plazo desde que la recibe. Cuando la aseguradora te notifica su oferta o respuesta motivada, empieza a contar un nuevo plazo de un año.

También lo interrumpe la solicitud de un informe al Instituto de Medicina Legal cuando no estás conforme con la oferta: el plazo sigue interrumpido mientras se tramita. Guarda siempre la prueba de que enviaste la reclamación y de cuándo la recibió la aseguradora.

Si hay un procedimiento penal

Cuando el accidente da lugar a un procedimiento penal, por ejemplo por un atropello con lesiones graves, por alcoholemia o por fuga, el plazo para reclamar en la vía civil no empieza a correr mientras ese procedimiento está abierto. Cuenta desde que termina y se notifica la resolución que le pone fin. En esos casos, la parte económica también puede resolverse dentro del propio proceso penal.

Agenda abierta sobre una mesa para anotar los plazos
Foto: Eric Rothermel en Unsplash

Otros plazos que conviene conocer

A quién reclamasPlazo
Aseguradora del vehículo responsable1 año
Consorcio de Compensación de Seguros (culpable sin seguro o a la fuga)1 año
Tu propia aseguradora, por coberturas de tu póliza de daños2 años (art. 23 de la Ley de Contrato de Seguro)
Tu propia aseguradora, por seguros de personas, como el seguro de accidentes del conductor5 años (art. 23 de la Ley de Contrato de Seguro)
La administración, por el mal estado de la vía1 año desde la curación o la estabilización (art. 67 de la Ley 39/2015)
La empresa, por un accidente de trabajo1 año (art. 59 del Estatuto de los Trabajadores)

Si tu accidente fue un accidente con un conductor sin seguro o a la fuga, un accidente in itinere o una caída en la vía pública, en sus páginas te explico las particularidades de cada caso en Zaragoza.

Cómo no perder el plazo

  1. Reclama a la aseguradora cuanto antes, aunque sigas en tratamiento. La reclamación no necesita estar cuantificada.
  2. Guarda la prueba de envío de todas las comunicaciones.
  3. Apunta la fecha en que te notifican la oferta o la respuesta motivada: desde ese día tienes un año.
  4. No te fíes de que la aseguradora «ya te llamará». Su demora no detiene el plazo si tú no has reclamado.
  5. Consulta con una abogada si tienes dudas sobre las fechas de tu caso. En Zaragoza, la primera consulta conmigo es gratuita.

Preguntas frecuentes sobre el plazo para reclamar

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un accidente de tráfico?

Con carácter general, un año. En lesiones, se cuenta normalmente desde el alta o la estabilización de las secuelas. La reclamación a la aseguradora interrumpe el plazo, y la notificación de la oferta o respuesta motivada abre un nuevo año.

¿Se puede reclamar un accidente de hace más de un año?

Depende. Si el año se cuenta desde tu alta y no desde el accidente, puede que todavía estés a tiempo. También si reclamaste a la aseguradora y te contestó hace menos de un año, o si hubo un procedimiento penal que terminó hace menos de un año. Hay que revisar las fechas concretas.

¿El plazo es el mismo para los daños del coche?

Sí, un año frente a la aseguradora del responsable, pero se cuenta desde el accidente, porque el daño se conoce desde ese momento. Si reclamas a tu propia aseguradora por tu póliza, el plazo es de dos años.

¿Qué pasa si la aseguradora no me contesta?

Tu reclamación ya ha interrumpido el plazo. Además, si pasan tres meses sin oferta ni respuesta motivada, puedes acudir a la vía judicial, y la aseguradora empieza a deber intereses de demora salvo causa justificada.

Fuentes y normativa

Virginia Baigorri Rived
Virginia Baigorri Rived

Abogada especialista en accidentes de tráfico y responsabilidad civil en Zaragoza. Colegiada en el REICAZ (nº 4127) y en ejercicio desde 1999. Conoce más sobre mí.

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